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Cartilla de Herramientas Gremiales Docentes

Nº1 – Agosto de 2011


Desde la Agrupación Docente María Saleme estamos convencidos de que el conocimiento es un elemento fundamental para el ejercicio de nuestros derechos y la participación política. Sin embargo, sabemos que hay cierta información pública que muchas veces no llega a la mayoría de nuestras escuelas. Por ello nos pareció de fundamental importancia construir esta cartilla, la cual pretende hacer llegar a los y las docentes algunos de los procedimientos que funcionan como marco legal de nuestra actividad política y pedagógica. Es nuestra intención que la misma sirva como herramienta de comunicación, cuyo contenido podrá ser ampliado y cuestionado.

Consideramos que el cambio en la educación estará dado por un cuerpo docente organizado, que pueda apropiarse del gremio como herramienta de defensa de los derechos de los trabajadores y de transformación social. En ello la información juega un papel fundamental, promueve la acción política, genera una fuerza, un poder liberador.

(Click en la imagen para acceder a la cartilla)


LOS DOCENTES TENEMOS LA OPORTUNIDAD DE ELEGIR NUESTRAS/OS DELEGADAS/OS:

Desde el  29 de agosto hasta el 2 de Septiembre se eligiran DELEGADOS ESCOLARES en las Escuelas Públicas y en las Escuelas Privadas (que no tengan). A partir del 23 de agosto se puede pasar a buscar, por UEPC, el material necesario para la eleccion.

¿Quiénes pueden ser delegados?

Los docentes que deseen ser elegidos deben tener como mínimo un año en relación con el empleador y como afiliados a la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC); ser mayores de 18 años y no haber sido procesados o condenados por delitos comunes.

¿Quiénes votan?

Todos los docentes del establecimiento, estén o no afiliados al sindicato.

¿Cuántos delegados se eligen?

Tanto en las escuelas oficiales como en aquellas privadas, con 10 a 50 docentes elegirán un (1) delegado titular y uno (1) suplente; de 51 a 100 docentes, dos (2) titulares y dos (2) suplentes; con más de 101 docentes, un (1) delegado más cada cien docentes.

En los establecimientos que tengan más de un turno de trabajo habrá un (1) delegado titular y uno (1) suplente, por turno.  Si el turno cuenta con menos de 10 docentes, deben agruparse con otro establecimiento de la misma modalidad.

Para que pueda ser electo un delegado por establecimiento escolar de jardín de infantes es necesario que la escuela tenga la dirección libre, si no, la votación se hará junto con la Primaria.

Las escuelas con anexos deben elegir, además de los delegados escolares correspondientes al establecimiento educativo central, los delegados del anexo como si se tratara de otra escuela, con documentación propia.

Las escuelas rurales que no lleguen a 10 docentes pueden agruparse entre sí con otra de la misma modalidad, o en su defecto elegirán sus delegados en la escuela base a la que pertenecen.  Las maestras itinerantes también elegirán delegados en la escuela base.

¿Cuánto dura el mandato?

En las escuelas oficiales duran dos años en sus funciones y pueden ser reelectos indefinidamente. Cesarán en sus funciones en caso de que se trasladen de escuela, sean dados de baja en la docencia, renuncien (con razones fundadas), tengan inasistencias reiteradas injustificadas a la Asamblea de Delegados Escolares, entre otras cuestiones.  Asimismo, concluirá en sus funciones de manera transitoria si obtiene una licencia o es suspendido según lo dispone el Estatuto.

¿Cómo se convoca?

En las escuelas oficiales, la convocatoria –que lleva la firma del director del establecimiento- se debe colocar en el transparente, junto con el nombre de los postulantes, su turno y número de documento. En los colegios privados, se debe comunicar al empleador la fecha de realización de los comicios con 10 días hábiles de antelación, por medio de carta documento que la Junta Ejecutiva Central de UEPC enviará al propietario en la que constan los datos del establecimiento, la hora y turno de los comicios y los datos de los postulantes.

¿Puede haber represalias?

No. Quienes resulten elegidos delegados continuarán prestando servicios y no podrán ser suspendidos o despedidos (hasta un año más de vencidos sus mandatos), ni modificadas las condiciones laborarles, sino por medio de una resolución judicial previa que los excluya de la garantía. En el caso de los docentes de escuelas privadas, la cobertura gremial comienza desde el mismo momento en que es enviada la carta documento al empleador anunciando la realización de las elecciones y la lista de los candidatos.

Algunas funciones del/a delegado/a escolar:

- Llevar los mandatos surgidos de la asamblea del establecimiento en donde es delegado, a la Asamblea de Delegados Escolares.

- Defender los intereses laborales de sus compañeros.

- Atender a las necesidades particulares y colectivas de los mismos.

- Promover la organización, la participación plural y la realización de asambleas en su escuela.

- Si fuere necesario, servir de nexo entre la UEPC y los docentes de su centro educativo.

- En situaciones de arbitrariedad o injusticia, representar a sus compañeros frente a las autoridades o al empleador y presentar, al gremio, la denuncia correspondiente.

¿En qué marco organizativo se inscribe el poder de cada docente y la tarea de su compañero delegado?

Las y los docentes, como sector de trabajadores, poseemos nuestros marcos organizativos para la discusión y la toma de definiciones. Allí es donde es posible tratar y buscar soluciones a cuestiones atinentes a lo salarial, a las condiciones de trabajo, a hechos de la coyuntura gremial y/o educativa, entre otras.

El espacio colectivo más inmediato en el que participa cada docente es su Asamblea Escolar, ámbito en el que, con sus compañeras/os, puede construir un “mandato” que cada delegado llevará a la Asamblea de Delegados Escolares del departamento provincial al que se pertenece (Capital, por ejemplo). Posteriormente, las resoluciones que surjan de cada Asamblea de Delegados Escolares de cada departamento se enviarán como mandato al Consejo Delegado Departamental y a la Asamblea Provincial de Delegados Departamentales. Ésta última es precisamente aquella instancia superior conformada por los delegados departamentales y en la que reside la soberanía de nuestro gremio: la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC). A su vez, el gremio posee la Junta Ejecutiva Central, de carácter representativo y ejecutivo. Tanto la Junta Ejecutiva Central (a nivel provincial), como Consejo Delegado Departamental, están estructurados en secretarías, siendo aquéllas de mayor rango la Secretaría General y la Adjunta.

Los delegados escolares se eligen cada 2 años. Los miembros del  Consejo Delegado Departamental, de la Asamblea Provincial de Delegados Departamentales y la Junta Ejecutiva Central, cada 4 años.

YA SEA PÚBLICO O PRIVADO, SI EN TU CENTRO EDUCATIVO NO HAY DELEGADOS O HAY RIESGOS DE QUE NO SE REALICE LA ELECCIÓN DE LOS MISMOS, COMUNICÁTE CON NOSOTR@S.